En múltiples ocasiones hemos escuchado hablar de las rescisiones de contrato de mutuo acuerdo o del pago de la cláusula de rescisión, motivos mediante los cuales un futbolista se desvincula por voluntad propia, de forma legal, del club al que pertenece. Sin embargo, son mucho más extraños los casos en los que es el club quien decide romper la vinculación con su jugador. Y, por extraño que pueda parecer, hay situaciones en las que se ampara en la ley y no debe indemnizar al trabajador, por mucho que tenga contrato vigente. Y viceversa. El último en ejemplificarlo ha sido Joris Gnagnon, al que despedir no supuso ninguna contraindicación para el Sevilla, que no tuvo que abonar el dinero pactado en su contrato.
🔚 ¿Cuáles son los motivos para despedir a un jugador?
Para rescindir el contrato de forma unilateral, sin indemnización de por medio, debe existir un motivo que se considere causa justificada, para ambas partes. Un ejemplo sería la reiterada ausencia del jugador a los entrenamientos del equipo, así como una falta disciplinaria grave. O, en la dirección opuesta, el impago de salario durante más de dos meses. Estas son algunas de las causas que aparecen reflejadas en el Estatuto de los trabajadores.
¿Qué es la cláusula del miedo? Origen y legalidad en cada liga
Es una opción arriesgada, en ambas direcciones, ya que supone romper las relaciones antes de que se celebre el juicio con el veredicto final. Y, en caso de que la parte que rescinde el contrato de forma unilateral no obtenga la razón, puede enfrentarse a multas económicas o sanciones deportivas más graves que afrontar los gastos del contrato en cuestión.
🧑⚖️ Lo último: el ‘Caso Gnagnon’
Esta semana el Sevilla salió vencedor del juicio contra Joris Gnagnon, defensa central fichado en 2020, procedente del Stade Rennes, a cambio de 13,5 millones de euros más variables. Una inversión importante que no solo no le resultó rentable al cuadro hispalense, después de jugar solo 17 partidos en 15 meses y marcharse libre en septiembre de 2021, sino que le pudo costar más caro aún por la demanda del deportista francés al club que le despidió sin aportar la retribución económica pertinente.
Al menos, pertinente sobre el papel, dado que la resolución del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) le ha dado la razón finalmente al Sevilla y será el jugador quien tendrá que abonar el coste del procedimiento judicial. El motivo, «un notable exceso de peso del defensa» después de abrirle cuatro expedientes disciplinarios, tal y como alegaron los nervionenses hace dos años y medio, cuando la FIFA ya desestimó la reclamación del futbolista, que demandaba cuatro millones de euros de indemnización. Tiempo en el que Gnagnon se ha probado en otro equipo con bagaje histórico en horas bajas como es el Saint-Étienne, sin conseguir que su carrera volviese a despegar. En el este de Francia apenas duró tres meses y medio y, desde mayo de 2022, el zaguero de 27 años se encuentra sin equipo.