El Consejo de la FIFA ha aprobado un nuevo reglamento sobre Agentes de Fútbol que ha entrado en vigor este lunes. No obstante, se ha definido un periodo de transición que abarcará hasta el 1 de octubre de este año. A partir de esta fecha, solo se podrán contratar los servicios de agentes con licencia ajustada a las condiciones establecidas en el nuevo reglamento y se aplicarán los límites en las comisiones fijadas en él.
La aprobación de esta nueva regulación ha sido el resultado de un proceso de consultas abierto por la FIFA en 2018 en el que han participado todas las partes interesadas.
El nuevo reglamento introduce un estándar básico de servicios para los agentes y sus clientes. En él, destaca la prohibición de la representación múltiple, para evitar conflictos de intereses, y la introducción de un límite de cuotas de agentes, en este caso con el objetivo de reforzar la estabilidad contractual, proteger la integridad del sistema de transferencias y lograr una mayor transparencia administrativa y financiera.
Las federaciones que son miembros de la FIFA deberán implementar y aplicar nuevos reglamentos nacionales sobre agentes de fútbol antes del 30 de septiembre del 2023, los cuales serán de aplicación solo en los contratos de representación que no tengan una dimensión internacional.
En todo caso, la FIFA “invita” a sus federaciones miembro a que incluyan en sus propias regulaciones los artículos iniciales del nuevo reglamento, a modo de referencia, y que sienten las bases jurídicas que permitan al órgano nacional competente tomar en su caso medidas disciplinarias .
Divulgación y publicación: apuesta por la transparencia
En aras de la transparencia, la FIFA hará públicos los siguientes datos: nombres e información de todos los agentes de fútbol; los clientes a los que representa cada agente; la vigencia y exclusividad o no exclusividad de su contrato de representación; los servicios de representación que prestan a cada cliente; toda sanción que sea impuesta a un agente de fútbol o a un cliente, y los datos de todas las transacciones en las que participen agentes de fútbol, incluidos los honorarios que perciban.
A partir de hoy, se podrá acceder al correspondiente proceso de inscripción en la nueva plataforma de agentes, que está disponible en inglés, francés y español.
Los contratos de representación que venzan el 1 de octubre de 2023, o después de la fecha en la que sea aprobado el presente reglamento, seguirán vigentes hasta su fecha natural de vencimiento. Sin embargo, esta no podrá ser ampliada, con independencia de que esos contratos cumplan o no los requisitos mínimos dispuestos en el nuevo reglamento.
A su vez, como antes se ha adelantado, los contratos de representación nuevos o que se hayan renovado y que se celebren después de la aprobación de este reglamento deberán cumplir obligatoriamente con lo dispuesto en él a partir del 1 de octubre de 2023.
Además, cualquier persona que hubiera formalizado un contrato de representación estará obligada a obtener una licencia conforme al nuevo reglamento para poder seguir prestando servicios de representación a partir de esa fecha. No obstante, los agentes que estén en posesión de una licencia en virtud de una versión anterior del reglamento quedarán exentos de aprobar el examen que impone el nuevo, siempre y cuando envíen una solicitud de la nueva licencia en conformidad con este último antes del 30 de septiembre de 2023.
Es importante tener en cuenta que, en cualquier caso, se seguirá aplicando a todos los agentes los requisitos de elegibilidad que están confirmados en el artículo 5 del reglamento; es decir, y de manera muy abreviada, no haber sido condenados en un procedimiento penal (corrupción, apropiación indebida, agresiones físicas, abuso sexual, entre otros); no ser un oficial o empleado de la FIFA, de una confederación o de una federación que sea miembro de esta organización; no haber prestado servicios de representación sin la licencia correspondiente; no haberse declarado en quiebra a título personal o como accionista mayoritario, y no haber tenido intereses en ninguna entidad, empresa u organización relacionadas con las apuestas deportivas.
Barreras a las comisiones excesivas
Si la remuneración de una persona representada supera los 200.000 dólares (o una cantidad equivalente en cualquier otra moneda), se aplicará un límite del 3% sobre la cantidad excedente anual a los honorarios del agente de fútbol, si este representa a una persona; o del 6% en el caso de que represente tanto a la entidad de destino como a esa persona, que es el único caso de doble representación permitida.
En el caso que la remuneración sea inferior a los 200.000 dólares (o su equivalente en otra moneda), se aplicará un límite del 5%, si se representa a una persona, y del 10% cuando se represente tanto a la entidad de destino como a esa persona.
El pago de los honorarios de los agentes de fútbol deberá efectuarse siempre a través de la Cámara de Compensación de la FIFA, que actuará como intermediaria y que no obtendrá beneficio financiero alguno por los activos que reciba ni por las transacciones que ejecute. Con el pago a través de esta Cámara, se quiere evitar conductas fraudulentas y proteger así la integridad del fútbol.