🧑‍🎓 Área jurídica

La intervención gubernamental en los Comités Olímpicos: el caso de Guatemala

La Junta Ejecutiva del Comité Olímpico Internacional (COI) suspendió el 15 de octubre del 2022 al Comité Olímpico Guatemalteco (COG), a raíz de una modificación de sus Estatutos y Reglamentos —relacionada en particular con el proceso de elecciones—. Dicha transformación, aprobada por parte de la Corte de Constitucionalidad, provocó la suspensión por intervención gubernamental.

El pasado 19 de marzo, durante una sesión organizada por el Comité Ejecutivo del COI en Suiza, se decidió levantar provisionalmente la sanción impuesta al deporte olímpico en Guatemala. Esta resolución empezó a surgir tras la reunión del 21 de febrero entre el presidente del COI, Thomas Bach, y el presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, en la que acercaron posturas.

El fondo del asunto en Guatemala

La suspensión del Comité Olímpico Guatemalteco significó, entre otras cosas, que los atletas no podían representar a su país —debían competir como deportistas neutrales— en los Juegos Olímpicos; y que, el COG ya no tenía derecho para operar como un CON y por ende no recibiría financiación del Movimiento Olímpico.

Los afectados directamente fueron los atletas, quienes tuvieron que financiarse su participación en competiciones internacionales, ya que no podían recibir ayudas económicas por parte del COI, ni por el programa de retención de talentos guatemalteco, que también quedó congelado con la suspensión. De igual forma, en muchas pruebas clasificatorias a los JJ. OO., no se pudieron validar marcas de deportistas.

Los deportistas ‘neutrales’ en París 2024: condiciones y matices

Entre las razones principales que llevaron al COI a levantar provisionalmente la suspensión está la decisión del Tribunal Electoral del Deporte (Tefede) del 1 de marzo de 2024, que anuló la elección en 2021 del exfutbolista Jorge Rodas como presidente del Comité Olímpico Guatemalteco, y la resolución de la Asamblea General Extraordinaria del COG, en la que se reconoce a Gerardo Aguirre como presidente del COG y se desconoció a Jorge Rodas.

Con resolución número 01-2024, el Tribunal Electoral del Deporte Federado dejó sin efecto y validez legal la resolución en la que fue aprobado el proceso electoral de Jorge Rodas como presidente del Comité Olímpico de Guatemala. Resumidamente, el TEDEFE consideró que para el 23 de diciembre de 2021 el órgano electoral ya no tenía competencia para celebrar las elecciones, ya que el COG había aprobado unos nuevos estatutos —entre los que incluía una comisión electoral propia del COG—.

Entre todas las decisiones que tomó Jorge Rodas cuando estaba al mando, la más comprometida fue anular el reglamento interno aprobado por sus antecesores, con el objetivo de «garantizar la autonomía de la institución». Un dictamen que no causó el quizá efecto esperado y provocó el rechazo de 24 federaciones y asociaciones deportivas que, por medio de un comunicado, expresaron que esta medida era «ilegal» y que tenía como finalidad alargar la estadía de Rodas en el cargo.

Qué dice la Carta Olímpica y casos similares

La carta Olímpica en su artículo 27.9 establece lo siguiente: “Aparte de las medidas y sanciones previstas en caso de violación de la Carta Olímpica, la Comisión Ejecutiva del COI puede adoptar todas las decisiones apropiadas para la protección del Movimiento Olímpico en el país de un CON, incluyendo la suspensión o retirada del CON en cuestión, si la Constitución, legislación o cualquiera otra reglamentación vigentes en dicho país, o si la actitud gubernamental o de cualquier otra entidad, atentan contra la actividad, expresión de palabra o voluntad del CON en cuestión. Antes de adoptar una decisión semejante, la Comisión Ejecutiva del COI dará la oportunidad al CON de ser escuchado”

Un caso similar al de Guatemala es el del Comité Olímpico de Kuwait, que fue suspendido por el COI por primera vez en 2010 por interferencia gubernamental. Fue readmitido en 2012 antes de los Olimpiadas de Londres, después que el gobernante kuwaití, el jeque Sabah Al Ahmad Al Sabah, prometiera autonomía para su Comité Olímpico. Sin embargo, la felicidad para Kuwait duró poco, ya que fue suspendido de nuevo en 2015, después de que se aprobará en ese país una ley de deportes que no era compatible con los principios del olimpismo.

El 16 de agosto de 2018, la junta directiva del COI decidió levantar provisionalmente la suspensión impuesta al comité kuwaití después de que este país revisara la ley de deportes y estableciera un nuevo proceso para las elecciones de todas las federaciones deportivas.

Ir al contenido