Osasuna.
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La UEFA multa a Osasuna con 100.000 euros por acudir a la justicia

El ‘caso Osasuna’ es historia —por el momento—. La UEFA, tras varias semanas de incertidumbre, aceptó finalmente la participación del club rojillo en la próxima edición de la Conference League, para decepción del Athletic de Bilbao, que iba a ser el conjunto que usurpase esa posición. Los amaños acaecidos hace diez años por una directiva que ahora no juega ningún papel en el conjunto navarro se ha saldado con la detención de casi todos los implicados.

Fin al ‘Caso Osasuna’: los rojillos jugarán la Conference League

Sin embargo, Osasuna tendrá que pagar las consecuencias por haber interpuesto «una demanda ante los tribunales ordinarios del Estado», tal y como ha emitido la UEFA en un comunicado. La sanción es de 100.000 euros, mientras que se detalla que la exclusión de este curso «queda suspendida por un periodo de prueba de dos años a contar desde la fecha de la presente decisión». Del mismo modo, Osasuna verá retenidos el 5% de ingresos que obtenga en el presente curso a partir de la fase de grupos.

Comunicado completo de la UEFA respecto al ‘caso Osasuna’:

El procedimiento se había abierto ante la interposición de una demanda por parte del club ante los tribunales ordinarios del Estado.
Tras la investigación llevada a cabo por un Inspector de Ética y Disciplina de la UEFA que ha llevado a la apertura de un procedimiento por parte de la UEFA contra el CA Osasuna a la vista de la presentación de una reclamación por parte del club, CA Osasuna, ante los tribunales ordinarios del Estado en Pamplona, el Comité de Apelación de la UEFA ha tomado la siguiente decisión:

– Multar al CA Osasuna con 100.000 euros y excluir al CA Osasuna de la próxima (1) competición de clubes de la UEFA para la que de otro modo se clasificaría por la infracción del apartado 1 del artículo 11 del Reglamento Disciplinario de la UEFA en relación con el apartado 1 del artículo 61 y el apartado 1 del artículo 62 de los Estatutos de la UEFA (es decir, por no haber respetado la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD), con sede en Lausana, al presentar una reclamación ante los tribunales estatales ordinarios de Pamplona). Esta exclusión queda suspendida por un periodo de prueba de dos (2) años, a contar desde la fecha de la presente decisión.

Retener el 5% de los ingresos UEFA que pueda obtener el CA Osasuna por su participación en la Liga Europa Conferencia UEFA 2023/24, a partir de la fase de grupos.

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