Eden Hazard Despedida Chelsea
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¿Qué motivos puede alegar un club para despedir a un futbolista?

Hace unos días, desde Legal Sport tratábamos la posibilidad que tiene un club de despedir a un futbolista por no estar en forma, entendiéndolo como un despido con justa causa. Y es que, dentro de estas mismas, hay unas cuantas que merecen la pena analizar.

Primero, hay que entender que este tipo de relaciones están enmarcadas en el Real Decreto 1006/1985, que regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales (RD 1006/1985), el Estatuto de los Trabajadores (como para el resto de los contratos laborales), los respectivos Convenios Colectivos, y, por supuesto, el contrato de trabajo en sí.

El RD 1006/1985, en su artículo 13, señala las causas de extinción del contrato: a) Acuerdo de las partes; b) Expiración del tiempo convenido; c) Total cumplimiento del contrato; d) Muerte o lesión del deportista que le produzca incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez; e) Disolución o liquidación de la entidad; f) por crisis económica del club o entidad deportiva que obligue a una reestructuración de la plantilla; g) Por las causas válidamente consignadas en el contrato; h) Despido del deportista; i) Por voluntad del deportista.

Dentro de las causales del despido de un deportista se encuentra —además de no estar en forma— la falta repetitiva e injustificada a los entrenamientos o compromisos del equipo, indisciplina o desobediencia, ofensas verbales o físicas, abuso de confianza, disminución continuada y voluntaria en el rendimiento, entre otras causales que puedan afectar de manera directa al trabajador/club.

¿Es posible despedir por indisciplina o ausencias injustificadas?

Hace unos años, en la época de la pandemia y sus restricciones, un par de jugadores del Mallorca, Bryan Reina y Samu Alex, pasaron la noche en comisaría, la razón: incumplir el toque de queda. El club consideró que los jugadores cometieron una grave infracción del código interno, que, al igual que el resto de los clubes españoles, optaron por hacer más estrictas todas las medidas para evitar los contagios del COVID-19. Este despido puede ser entendido como un acto de indisciplina o desobediencia.

Otro de los casos que ha acaparado titulares, algunos realmente polémicos, ha sido el despido de Joel Domínguez. Y es que Las Palmas decidió terminar el contrato con el juvenil por la continua falta a entrenamientos. Lo polémico del asunto es que Domínguez había sido condenado a 40 días de trabajo en beneficio de la comunidad como autor de un delito de violencia de género por maltratar a su novia; pero la causal de su despido fue la reiterada inasistencia a su lugar de trabajo, lo que traducido subraya la ausencia a los entrenamientos.

Joel Domínguez.

Con respecto a este motivo en concreto, la STSJ de Cantabria de 18 de diciembre de 2012 se pronunció, estimando la procedencia del despido de un jugador profesional de fútbol por la ausencia durante cinco entrenamientos y ha matizado que la asistencia al trabajo es una obligación esencial de trabajador y, por tanto, no precisa advertencia alguna por parte del empresario. En todo caso, cada situación deberá ser analizada en concreto; no de manera genérica.

La entrada en prisión de Dani Alves

Otra de las causales por las que se puede despedir a un deportista es su ingreso en prisión, como en el caso de Dani Alves. El lateral brasileño fue despedido del PUMAS. Sin embargo, dentro de esta causal se debe hacer una diferencia muy importante: si el ingreso a prisión es de forma preventiva o, si, por el contrario, ya hay una sentencia condenatoria en firme.

Dani Alves despedir

Dani Alves, durante el juicio.

Y es que, por ejemplo, si un jugador de un equipo español ingresa en prisión preventiva, lo que podría hacer su club es suspender su contrato, más no extinguirlo, ya que, si el deportista recuperase su libertad, estaría legitimado a reintegrarse a su “puesto de trabajo”, pues la causal que habilitó a su empleador ya ha cesado y por ende la medida transitoria ya no tiene cabida. Por el contrario, si el jugador ingresa en prisión por una sentencia en firme, el club sí que podrá despedirlo, pues se estaría constituyendo, de manera inmediata, un abandono del puesto de trabajo.

En el caso de Dani Alves, habría que revisar la legislación mexicana al respecto, puesto que la diferencia entre el ingreso a prisión de manera preventiva a con sentencia en firme es una distinción muy clara marcada por el Estatuto de trabajadores. Sin embargo, en este tipo de casos también vale la pena analizarlo de manera particular y ver de qué forma podría afectar esta situación a la imagen del club.

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