Los medios de comunicación, tanto especializados como generalistas, se han hecho eco de que Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) ha propuesto llevar al Pleno del Congreso de los Diputados una Proposición de Ley para que se modifique la Ley del Deporte actual, que entró en vigor el pasado 1 de enero, a fin de que deje de ser obligatorio que los jugadores acudan a las convocatorias de la selección española de fútbol y de otros deportes.
Así pues, de prosperar la iniciativa de ERC, esta sería solo una opción voluntaria para los/as deportistas.
La Ley del Deporte obliga a decir «sí» a una convocatoria de España
Ya habíamos escuchado cómo el Sr. Rufián, diputado de ERC, había sugerido esta medida aprovechando el revuelo creado por la convocatoria de determinadas jugadoras de futbol para la selección española.
Pero ahora, en concreto, lo que se someterá formalmente a la consideración del Congreso de los Diputados es una Proposición de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario Republicano y publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales-Congreso de los Diputados-XV legislatura (Proposición 122/000007), que lleva por título “Proposición de Ley para garantizar el derecho a la autonomía de la voluntad de los y las deportistas”.
Los cambios que se proponen desde ERC
La iniciativa propone modificar el apartado 2 del artículo 22 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte incluyendo un nuevo epígrafe en el listado de los derechos específicos de las personas deportistas integradas en una federación deportiva estatal, con letra g) y con el texto siguiente: “acudir o renunciar a las convocatorias de las selecciones a su libre elección, en los términos que se establezcan reglamentariamente”.
Esto, lógicamente implicaría modificar también el apartado 2 del artículo 23 de la Ley, que es el dedicado a las obligaciones de los y las deportistas, suprimiendo la letra c), que fija la obligación de acudir a las selecciones.
También propone modificar el artículo 51 relativo a las funciones propias de carácter privado de las federaciones españolas y el apartado 1 del artículo 104 —que es el que define las infracciones muy graves de los y las deportistas— eliminando obviamente de las infracciones el no acudir a la selección nacional.
¿Opinión o demagogia?
Hace menos de 10 meses, el Sr. Rufián y su partido votaron a favor de la Ley y del texto que ahora pretenden modificar.
Es legítimo cambiar de opinión, pero también lo es reclamar que lo expliquen. Porque hasta hace apenas cuatro días les parecía perfecta la redacción de la Ley y ahora les parece un disparate. Si bien cambiar tan repentinamente de opinión en política parece una cosa habitual, para los y las ciudadanas resulta un completo ejercicio de demagogia y de cinismo. No son serios y lo deberían ser.
Por cierto, sería bueno recordar al Sr. Rufián —y a todas las diputadas o diputados que la próxima semana pudieran dar apoyo a esta iniciativa— que esta norma está vigente desde la Ley del Deporte de 1980.
Sí, lo han leído bien. Esta misma norma ya estaba contemplada en la Ley de 1980. Podríamos remitirnos a la Ley del 90, lo que permitiría decir que hace 32 años que está vigente. Pero no, debemos remitirnos a la Ley del año 80; o sea, una norma que ha estado vigente nada más y nada menos que 43 años (CUARENTA Y TRES AÑOS). Solo ahora, el Sr. Rufián y ERC se enteran de que existía…
Esto puede ser normal en política, pero, sin duda, en la vida ordinaria no lo es; y para las juristas y los expertos en la materia constituye un hazmerreír de demagogia y de incultura normativa y deportiva.
Desconocimiento de la normativa internacional
También podría ser normal que los y las personas con responsabilidades políticas no tuvieran un amplio conocimiento de los modelos de funcionamiento de todos los sectores de la sociedad, pero para paliarlo tienen o deben tener sus asesores y asesoras.
De hecho, parece evidente que el redactado de esta propuesta de Ley ha sido elaborado por un o una asesora que tiene conocimiento del deporte —si admitimos generosamente por tal cosa solo el tener información acerca de las noticias del día a día—, porque, en efecto, el autor o autora parecen estar al tanto de los asuntos sociales que son polémicos. Sin embargo, es obvio que desconoce por completo el marco normativo del deporte.
Deberían saber los y las políticos que el deporte de competición, por mucho que se empeñen y por mucho que quieran vestirlo de otra forma o hacer ver que es de otra forma, se rige esencialmente por las normas de las federaciones internacionales.
Los gobiernos elaboran sus normas deportivas, pero, en realidad, parten para ello de las normas de las federaciones internacionales, las incluyen en sus leyes del deporte y hacen ver que son normas creadas por ellos. Pero es una falacia y una mentira.
Sr. Rufián, señoras y señores diputados y, principalmente, asesores y asesoras de los grupos parlamentarios que deberán aconsejar a los partidos antes de la votación de esta modificación de Ley la próxima semana: léanse por favor el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la FIFA; léanse las normas de la UEFA, y léanse las normas de funcionamiento de las competiciones internacionales de cualquier federación internacional, como balonmano, voleibol, ciclismo, tenis, vela, etc. Léanlas, por favor, y no hagan el ridículo.
No se apunten a la demagogia barata y “de barra de bar”, ese concepto acuñado por un alto dirigente del fútbol español.
Léanse simplemente la norma 3 del Anexo 1 del Estatuto de los jugadores de la FIFA (encontrarán normas de igual contenido en las demás federaciones) y se darán cuenta de que lo que puedan aprobar la próxima semana en el Congreso de Diputados y, después, en el Senado para modificar la Ley es simplemente papel mojado.
Las jugadoras y los jugadores están obligados a acudir a las convocatorias de las selecciones nacionales porque así lo regulan las federaciones internacionales; y lo que diga o pueda decir la ley española al respecto es simplemente, insistamos en ello, papel mojado.
Sr. Rufián, Sres./as diputados/as: dejen de hacer demagogia y dejen que el deporte se rija por sus normas, aprobadas por aquellos que sí entienden y sí saben de estos temas.
La obligación de acudir a las selecciones la fija la FIFA y no la ley española. A ver si se enteran de una vez por todas. Y su incumplimiento es sancionado por la FIFA, por cierto, de manera más intensa o gravosa que lo que fija la Ley española del Deporte.