Javier Tebas laliga
✍️​ Opinión

Sobre cómo la Liga Nacional de Fútbol Profesional desiste de sus propios recursos

Antonio Recio Matamoros, también conocido como ‘El pescadero’ o ‘El rancio’, es uno de los personajes principales de la serie La que se avecina al que interpreta magistralmente Jordi Sánchez.

Tiene su propio negocio (o imperio, como él lo llama: “Mariscos Recio”) y también practica el Derecho. Por ello, al principio de cada Junta de vecinos a la que acude, pronuncia siempre una de sus frases míticas tras las primeras palabras del presidente, el Sr. Enrique Pastor:

-ENRIQUE PASTOR.- Primer punto del día…

-ANTONIO RECIO. – ¡Lo impugno!

-ENRIQUE PASTOR.- No puedes impugnar nada…

-ANTONIO RECIO.- ¡Impugno que no se pueda impugnar!

Pues bien, en fechas relativamente recientes, los representantes legales de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (NFP), siguiendo las instrucciones de su presidente, han vuelto a poner de moda este diálogo.

La realidad supera la ficción

En efecto, la actuación del Sr. presidente de la industria del fútbol —o del “imperio”, en función de si elegimos una u otra terminología— nos recuerda cada vez más al personaje de la serie, tanto desde el punto de vista fáctico como desde el jurídico.

Y es que, como bien afirmaba el poeta irlandés de la segunda mitad del siglo XIX, Oscar Wilde, cuya lucidez sigue encandilando generaciones, “la realidad supera la ficción”.

Nos explicaremos. Aunque el lector se sorprenda, el Sr. Tebas, en su condición de dueño del “imperio” (o de la industria, como a él siempre le gusta decir) del fútbol profesional, lleva muchos años ordenando a sus abogados que impugnen cualquier actuación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF). Sin embargo, lo que ha venido aconteciendo en fechas recientes supera cualquier récord anterior conseguido por el Sr. Recio; perdón, por el Sr. Tebas. Ciertamente, en este caso, la realidad supera con creces la ficción de la serie televisiva, en línea con las palabras de Wilde, porque el Sr. presidente del fútbol profesional ha decidido impugnar también cualquier actuación de la Administración Pública deportiva relacionada con la RFEF; en este caso, del Consejo Superior de Deportes (CSD).

Nos referimos, por ejemplo, al recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de la presidencia del CSD, de 9 de septiembre de 2022, relacionada con la impugnación por parte del Sr. Tebas de las Normas Reguladoras y Bases de Competición de primera y segunda división de fútbol masculino aprobadas por la RFEF. Aunque parezca increíble, ese mismo día, la LNFP también impugnó la aprobación de las Normas reguladoras y las Bases de Competición de la primera división de fútbol femenino. Sí, han leído bien: la LNFP (masculina) “impugnó”, como dice el Sr. Recio, actuaciones de fútbol femenino. Ver para creer.

Pero, como nunca hay dos sin tres, apenas veinte días después el Sr. Tebas dio orden de impugnar, nuevamente, otra resolución similar de la presidencia del CSD, esta vez del día 29 de septiembre de ese mismo año, por la que se estimaba un recurso interpuesto por la RFEF y se declaraban nulas las Normas reguladoras de la competición profesional de primera división de fútbol femenino de la temporada 2022-2023 elaboradas por la Liga Profesional de Fútbol Femenino. De nuevo, ver para creer: la realidad superó la ficción.

Por si no fuera suficiente, el Sr. Recio —perdón de nuevo por el error, el Sr. Tebas— decidió impugnar otra resolución del CSD, esta vez del pasado 8 de febrero, en relación con la aprobación de las Normas Reguladoras y Bases de Competición de la primera y segunda división de fútbol masculino por parte de la RFEF.

¡Lo impugno y, ahora, desisto de impugnarlo!

Sin embargo, ese afán impugnador del Sr. Recio —perdón, del Sr. Tebas— contra las actuaciones del CSD se ha visto frenado bruscamente, pues ha decidido desistir, de repente, de los cuatro procedimientos judiciales que había iniciado contra el CSD y contra la RFEF.

En efecto, los pasados 30 de mayo y 5 de junio, el representante legal de la LNFP, imaginamos que siguiendo instrucciones del presidente del “imperio”, ha desistido de todos esos procedimientos. La razón (por mucho que se traten de rellenar, como suele ser habitual, miles y miles de folios sin una mínima fundamentación jurídica y orillando las reglas elementales mínimas del sentido común, como le sucede al Sr. Recio) es evitar ampliar el ya por si orondo listado de sentencias desestimatorias de sus pretensiones contra la RFEF —como la figura del Sr. Presidente—; y, por último, pero no por ello menos importante, evitar la condena en costas de la LNFP. Ni más ni menos.

Actuaciones como las descritas atentan contra el principio consagrado en el artículo 7.1 del Código Civil acerca de que los derechos deben de ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe. Y, como nos continúa recordando el artículo 7.2, la Ley no ampara el abuso del derecho o su ejercicio antisocial, por lo que deben adoptarse medidas que impidan la persistencia de tal abuso.

Todo ello nos recuerda otra de las frases míticas de la serie antes citada, cuando el Sr. Tebas —perdón, el Sr. Recio— afirma, sin rubor y ni rigor jurídico alguno, que “en mi comunidad, yo soy el rey y mi palabra es la ley. Quien se oponga será ajusticiado entre terrible sufrimiento”.

Actuaciones procesales como las de la LNFP y su presidente no es ya que se acerquen a los diálogos y a los personajes de la serie televisiva, parafraseando así al Sr. Recio, sino que los superan con creces continuamente.

Menos mal que siempre nos quedará Wilde…

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