Javier Tebas - La liga
✍️​ Opinión

Javier Tebas y el fin de la leyenda jurídica de Almudévar

Almudévar, una localidad cercana a Huesca, es el escenario de una leyenda jurídica relacionada con un crimen que se ha puesto esta semana de actualidad como consecuencia de los múltiples problemas jurídicos que acechan a Javier Tebas.

Dice la leyenda que el único herrero del lugar mató a su mujer y fue por ello detenido, juzgado y condenado a muerte. Sin embargo, cuando iban a ejecutarlo, sus vecinos pidieron que, en su lugar, ahorcaran a uno de los tejedores. El motivo era que en el pueblo residían varias personas que ejercían este oficio, pero sólo había un herrero. Este sería el origen de la expresión “la Justicia de Almudévar”: que pague quien no debe.

Una dura semana para el Sr. Tebas

Pues bien, Javier Tebas parece tener siempre en mente la leyenda jurídica de Almudévar cuando los resultados jurídicos no le favorecen. Lo cual, dicho sea de paso, es cada vez es más frecuente desde hace ya unos años, como se ha puesto de manifiesto durante la última semana, que no ha sido para él precisamente fácil.

Los problemas se iniciaron el propio lunes, con el anuncio, por parte de la Comisión Antiviolencia, de la remisión al Consejo Superior de Deportes (CSD) de la denuncia presentada por el Real Madrid como consecuencia de los “tuits” que el Presidente de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LNFP) lanzó contra Vinicius tras los cánticos racistas que el jugador brasileño sufrió en Valencia.

Sí, han leído bien: nada más terminar el partido, el Sr. Tebas reprochó a Vinicius las protestas que este hizo frente los ataques racistas que recibió en Mestalla. Parece lo de Almudévar, ¿verdad?

Es buen recordar algunos detalles, porque no sería justo que quedaran en el olvido. Tras el encuentro, Tebas publicó en su cuenta oficial de Presidente de la LNFP el siguiente mensaje: “Ya que los que deberían no te explican qué es y qué puede hacer LaLiga en los casos de racismo, hemos intentado explicártelo nosotros, pero no te has presentado a ninguna de las dos fechas acordadas que tú mismo solicitaste. Antes de criticar e injuriar a LaLiga, es necesario que te informes adecuadamente Vinicius”. Y, más tarde, añadió: “No te dejes manipular y asegúrate de entender bien las competencias de cada uno y el trabajo que venimos haciendo”.

Ante el ataque de Tebas, el propio Vinicius tuvo que mandar el siguiente mensaje: “Una vez más, en lugar de criticar a los racistas, el presidente de LaLiga aparece en las redes sociales para atacarme. Por más que hablas y finges no leer, la imagen de tu campeonato se estremece. Mira las respuestas a tus publicaciones y llévate una sorpresa… Omitirlo solo te hace igual a los racistas. No soy tu amigo para hablar de racismo. Quiero acciones y castigos. El hashtag no me mueve”, escribió el brasileño, reaccionando así al ejemplo de “la Justicia de Almudévar” en estado puro que había protagonizado Javier Tebas.

Una investigación abierta y una sentencia desfavorable

Pero sigamos. El miércoles, la Fiscalía pidió mantener investigado al Sr. Tebas por la quiebra de Bodegas Habla, al ser considerado este el cerebro de la ampliación de capital con la que, supuestamente, se saqueó el patrimonio de la empresa. De nuevo, el Sr. Tebas apeló a Almudévar en sus redes sociales, negando la mayor sobre un proceso que cada vez le acerca más al temido artículo 60.6 de la nueva Ley del Deporte.

Seguidamente, el jueves, Javier Tebas conoció la Resolución del CSD sobre el marco legal aplicable a la coordinación de las competiciones profesionales de fútbol femenino, cuya asociación profesional, la Liga F, es una más de sus entidades satélites. Sin embargo, para su disgusto, la Resolución del CSD reconoce importantes competencias federativas en la organización de esas competiciones, de acuerdo con la Ley del Deporte y el modelo europeo del deporte, lo que contradice las tesis “tebasianas” que van en favor del modelo de Superliga en España.

En efecto, Tebas siempre ha creído que la LNFP es algo así como la NBA del fútbol español y que las federaciones no deberían tener ninguna competencia en nuestro deporte. Eso sí, esto es lo contrario de lo que el propio Sr. Tebas defiende en Europa, donde, como en él es habitual, adopta la posición contraria y se pronuncia en favor del modelo federado. Ver para creer. Como decía Groucho Marx, probablemente influenciado por la leyenda de Almudévar, “estos son mis principios; pero, si no les gustan, tengo otros”.

Y, para rematar la faena, el viernes, la Audiencia Nacional ha anulado al Sr. Tebas un buen número de artículos del reglamento audiovisual de la LNFP, que fue aprobado, al igual que el Real Decreto Ley 5/2015 de venta de derechos audiovisuales, gracias a la labor de su inseparable Miguel Cardenal cuando éste presidía el CSD (mientras que ahora, “casualmente”, presta sus servicios en Mediapro, el principal beneficiado, junto a la LNFP, de dicha Ley…).

Menuda cara se les debió quedar a ambos: la sentencia no deja títere con cabeza, puesto que declara la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo por el CSD cuando este organismo estaba presidido por el ahora empleado de Mediapro…

Una variada vulneración del Ley del Deporte

Pero volvamos al inicio. La Comisión Antiviolencia no ha dudado ni un instante en elevar al CSD la denuncia presentada por el Real Madrid contra Tebas como consecuencia de las desafortunadas declaraciones que este hizo sobre Vinicius.

De acuerdo con lo significado en el artículo 104 de la Ley del Deporte, los “tuits” de Tebas podrían incardinarse en diferentes tipos de infracciones muy graves previstos en el referido precepto. Así, el artículo 104.1, letras i) y j), tipifican, respectivamente, como infracciones muy graves: “i) Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos” y “j) Los abusos de autoridad”.

Es evidente que los “tuits” del Sr. Tebas contra Vinicius quedan incluidos dentro de esos dos tipos, dado que, valiéndose de su posición como presidente de la LNFP y, a través de su cuenta oficial de la institución, vertió las expresiones antes expuestas, atentando así gravemente contra la dignidad o decoro deportivos, y abusando de su autoridad presidencial.

Por otro lado, las conductas del Sr. Tebas también podrían incardinarse en el artículo 104.2 a), que considera infracciones muy graves de los presidentes de las ligas profesionales “a) El incumplimiento de las normas estatutarias o reglamentarias”.

En este sentido, el apartado 4.4.2. del Código Ético de la LNFP dispone, bajo la rúbrica “Relación con Clubes/SAD afiliados”, que “las relaciones con los afiliados de LaLiga han de estar basadas en el respeto, la igualdad de trato, la transparencia y la confianza recíproca, dentro de un marco de colaboración continua presidido por el cumplimiento de la Ley, los Estatutos y Reglamentos aplicables, ya sean internos o externos a la Organización. Los profesionales sujetos al presente Código velarán por el cumplimiento de los referidos principios en sus relaciones con los Clubes y SAD afiliados de LaLiga”.

Nuevamente, a tener de este apartado, parece claro que las manifestaciones que el Sr. Tebas dirigió a Vinicius van contra del respeto, la igualdad de trato, la transparencia y la confianza recíproca con el Real Madrid y con el jugador, por lo que también sería aplicable el mencionado precepto.

A mayor abundamiento, el propio artículo 104.2, en su letra c), también califica como infracción muy grave “c) La extralimitación en el ejercicio de las potestades y competencias que las normas atribuyen a los órganos de dirección, representación y control de las ligas profesionales”.

Es evidente que pocos supuestos prácticos como los “tuits” del Sr. Tebas se incardinan tan adecuadamente en el mentado precepto. La extralimitación en el ejercicio de las potestades y competencias que, como presidente de la LNFP, atribuye al Sr. Tebas es paradigmática, pues este reprochó de forma expresa al jugador su comportamiento ante los ataques racistas de extrema gravedad que sufrió en el campo de Mestalla.

Riesgo de inhabilitación

Ahora le toca al CSD trasladar de forma inmediata al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) la denuncia del Real Madrid, dada la más que flagrante vulneración del artículo 104 de la Ley del Deporte que ha cometido el Sr. Tebas con sus declaraciones.

Y todo ello, pese al espectáculo montado por los representantes de la LNFP en la Comisión Antiviolencia, pues —en un paradigmático ejercicio de conflicto de intereses y recordando otra vez la leyenda de Almudévar—, lejos de abstenerse en el debate, suplicaron y reiteraron sus intentos de que la denuncia no prosperara. Lo cierto es que los demás asistentes a la reunión de la Comisión no daban crédito a lo que estaban escuchando en ese nuevo ejercicio de vulneración de las normas más elementales de la ética y de la gobernanza.

Eso sí, desde un punto de vista estrictamente jurídico, tiene su lógica la actuación de los miembros de la LNFP allí presentes, porque las sanciones previstas por la comisión de las infracciones de los artículos 104.1 i) y j) y 104.2 a) y c) de la Ley, de acuerdo con lo significado en el artículo 108.1 h) y 108.2 b), conllevan la inhabilitación para ocupar cargos en la entidad deportiva por un periodo comprendido entre los dos y los quince años, en proporción a la infracción cometida.

El temor de los representantes de la LNFP y del Sr. Tebas es claro y aquí no les vale recurrir a Almudévar, como suelen hacer. La Ley del Deporte tipifica expresamente como infracciones muy graves los comportamientos del Sr. Presidente de la LNFP antes citados y la sanción de inhabilitación parece que debería imponerse casi de forma automática, sin necesidad de realizar ejercicio alguno de “ingeniería jurídica”, como tantas veces le gusta citar al Sr. Tebas.

Así pues, los escenarios jurídicos que se abren para el Sr. Tebas tras esta semana no le son precisamente favorables, pues incluyen, entre otros extremos, su más que posible inhabilitación.

Es evidente el gusto del Sr. Tebas por apelar reiteradamente a “la Justicia de Almudévar”, pero, en esta ocasión, el CSD y el TAD se encuentran obligados a aplicar la Ley del Deporte con todas sus consecuencias.

Y, si se produjera esa más que posible inhabilitación, seguro que el fútbol profesional español, a diferencia de lo que aconteció en Almudévar con el único herrero de la localidad, encontraría otras personas capaces de ejercer mejor el cargo de presidente de la LNFP.

Ir al contenido